Declaración Anual de Residuos Industriales

Residus

COMEI ayuda a las empresas a preparar y presentar la Declaración anual de residuos industriales a fin de garantizar que cumplen con lo dispuesto en el Real Decreto 833/1988 y el Decreto 93/1999, éstos determinan que los productores de residuos industriales están obligados a declarar a la Administración Ambiental la cantidad de residuos que generan. La Declaración debe presentarse a la Agencia de Residuos de Cataluña a través del SDR a lo largo del primer trimestre de cada año (antes del 31 de marzo). Si lo desea  nos puede delegar su presentación, póngase en contacto con nosotros y le facilitaremos toda la tramitación.

La Declaración de Residuos resume la gestión efectuada con todos los residuos generados o presentes en la empresa durante el año anterior, además de los residuos gestionados en el exterior, la declaración incluye las materias primas y subproductos utilizados en el proceso y los materiales comercializados o subproductos generados. No deben declararse las aguas residuales (aunque sean gestionadas en camiones cuba, ni los materiales gestionados en el seno de un SIG.

Si necesita ayuda para la preparación y presentación de su Declaración de Residuos, no dude en contactar con nosotros.

¿Quién debe presentar la DARI?

  • Las actividades que generen más de 10 toneladas de residuos peligrosos en un año.
  • Todas las empresas industriales, con independencia del volumen de residuos peligrosos que generen, o sea aquellas que actividad sea considerada industrial, de acuerdo con el Catálogo de Actividades Económicas de Cataluña, las que empiezan por los dos dígitos comprendidos entre el 05 y el 39 .

Las empresas con menos de 5 trabajadores pueden presentar la Declaración de Residuos siguiendo un modelo simplificado.

Que se declara?

En la Declaración hay que indicar:

  1. Los datos generales de la empresa, incluido su número de productor de residuos y el Responsable de Residuos de la empresa.
  2. Las actividades desarrolladas, en especial: la energía, los productos y subproductos utilizados, los procesos industriales seguidos y los residuos y subproductos generados.
  3. Las operaciones de gestión de todos los residuos, peligrosos o no, identificando: las operaciones de gestión realizadas con todos ellos, sean internas (como el aprovechamiento o el almacenaje temporal) o externas, y en este último caso, especificando tanto el transportista como el receptor de los residuos y subproductos, y la documentación contractual registrada en la Agencia de Residuos, en su caso (la Ficha de Aceptación)

Cuando se hace la Declaración de Residuos Industriales?

La declaración de residuos de cada año debe presentarse a lo largo del primer trimestre del año siguiente al de su generación, es decir, antes del 31 de marzo de cada año.

¿Cómo se presenta?

La presentación debe hacerse exclusivamente a través del sistema documental de residuos (SDR). Si necesita ayuda no dude en ponerse en contacto con nosotros o llámenos al 93.313.46.66 para que podamos ayudarle en este proceso.

Recuerde que no puede presentarse la declaración ni en papel ni en soporte digital.

¿Qué pasa si no se presenta?

La no presentación de la Declaración de Residuos Industriales está tipificado en el texto refundido de la Ley de Residuos como una infracción grave, y puede ser sancionada con multa de hasta 600.000 €.

Desde el año 2011, la Agencia de Residuos dejó de enviar por correo postal la documentación para tramitar la Declaración de Residuos, lo que no significa que no deba presentarse. COMEI le tramita la declaración de residuos, además de asesorarle sobre el resto de obligaciones legales que le afectan y mejorar la gestión actual de sus residuos.

Otras consideraciones a tener en cuenta:

  • En el caso de los productores de residuos industriales, incluidos en los códigos del CCAE del 05 al 39, es necesario que se den de alta en el Inventario Permanente de Productores de Residuos Industriales rellenando el modelo A-1. Las empresas cuya actividad no es industrial pero que generen más de 10 toneladas de residuos en un año, deberán utilizar el modelo A-2.
  • La gestión de los residuos industriales debe ser realizada por empresas autorizadas por la Agencia de Residuos y su actuación es controlada por esta, por tanto, cualquier cesión de residuos industriales para su gestión por terceros está sometida a la necesidad de entregar la Ficha de aceptación del residuo a la Agencia. El número otorgado a cada Ficha deberá constar en la Declaración de Residuos.
  • El transporte de residuos está sometido al control por la Agencia de Residuos, por lo que la entrega de residuos al gestor dispone de un control documental, realizado a través del Hoja de Seguimiento. Se trata de un bloque que acompaña todo el transporte de residuos formado por cinco hojas, se rellena a la salida del residuo del centro productor, de forma que:
    • la primera hoja (verde) se queda en el centro productor, comprobando que el residuo ha sido entregado a un transportista autorizado para ser entregado a un tercero.
    • la segunda hoja (rosa) una vez se ha comprobado la cantidad entregada del residuo transportado y sellado por el centro receptor es por el transportista, conforme se ha entregado adecuadamente.
    • el tercero (amarillo) es por el centro receptor del residuo.
    • el cuarto (blanco) se devuelve al productor para dar constancia de que el material ha sido efectivamente entregado al centro de destino.
    • el quinto (blanco) será entregado por el receptor del residuo a la Agencia de Residuos de Cataluña para su control final
  • Los residuos peligrosos no se pueden almacenar en los centros de producción más de 6 meses.
  • Todos los productores de residuos industriales, con independencia del volumen generado, y con la única excepción de los que generan únicamente residuos de los considerados domésticos, tienen que hacer las acciones oportunas para reducir su generación o peligrosidad. El Real Decreto 952/1997 obliga a presentar, con una periodicidad cuatrianual un estudio dirigido a su minimización, Siendo la primera presentación antes del 6 de julio de 2001 o al inicio de la actividad, si es posterior.
  • En el caso de los residuos de envases, éstos se declaran y gestionan con unas herramientas muy similares, de la que forman parte tanto el Plan de Prevención como la Declaración de Envases, cuyo plazo de tramitación es el mismo

Si tiene cualquier duda sobre este u otros temas que considera le podemos asesorar, haganoslo saber. Pondremos a su alcance todas las herramientas de las que disponemos para minimizar los residuos generados y reducir los costes de su gestión.

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